Autorizan uso de armas mortales contra
protestas
El ministro de la Defensa, Vladimir Padrino, dispuso que los militares se
encarguen de “evitar desórdenes”
29 DE ENERO 2015 - 12:01 AM
La resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, publicada en la Gaceta Oficial del
27 de enero de 2015, establece un nuevo modelo de control militar del orden
público que incluye el “uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de
fuego o con otra arma potencialmente mortal”, como último recurso para “evitar
los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda
agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios”.
Las nuevas normas menoscaban las garantías del artículo 68 de la Constitución,
el cual señala: “Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en
el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos
policiales y de seguridad en el control del orden público”.
Vladimir Padrino López (30 de mayo de 1.963, en la ciudad de Caracas)
La resolución suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López no es
una ley como exige la Constitución, y no distingue entre manifestaciones
pacíficas y violentas, más allá de definir escuetamente la violencia mortal como
la “creación de una situación de riesgo mortal”. Las garantías no parecen suficientes,
pues apenas se indica que “cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable”,
los militares deben tomar precauciones para reducir los daños.
Además, se desconocen los estándares internacionales, entre ellos el establecido
en el Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, elaborado por la
Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos, en 2009: “…dado que las
fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para el control de la
seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil, eficiente y respetuosa
de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el
ámbito interno”.
Sobre la capacitación de los funcionarios militares para procurar que no cometan
excesos, la disposición transitoria segunda indica que dentro de los tres meses
siguientes se “girarán instrucciones para la elaboración del ‘Manual de Normas y
Procedimientos Operativos del Servicio de Seguridad en Materia de Orden Público
de Uso Común para las y los Integrantes de la Fuerza Armada nacional Bolivariana”.
Sin embargo, la autorización de los militares para intervenir en protestas y usar
armas de fuego mortales tiene vigencia inmediata.
La resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, publicada en la Gaceta Oficial del
27 de enero de 2015, establece un nuevo modelo de control militar del orden
público que incluye el “uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de
fuego o con otra arma potencialmente mortal”, como último recurso para “evitar
los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda
agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios”.
27 de enero de 2015, establece un nuevo modelo de control militar del orden
público que incluye el “uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de
fuego o con otra arma potencialmente mortal”, como último recurso para “evitar
los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda
agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios”.
Las nuevas normas menoscaban las garantías del artículo 68 de la Constitución,
el cual señala: “Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en
el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos
policiales y de seguridad en el control del orden público”.
Vladimir Padrino López (30 de mayo de 1.963, en la ciudad de Caracas)
La resolución suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López no es
una ley como exige la Constitución, y no distingue entre manifestaciones
pacíficas y violentas, más allá de definir escuetamente la violencia mortal como
la “creación de una situación de riesgo mortal”. Las garantías no parecen suficientes,
pues apenas se indica que “cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable”,
los militares deben tomar precauciones para reducir los daños.
el cual señala: “Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en
el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos
policiales y de seguridad en el control del orden público”.
Vladimir Padrino López (30 de mayo de 1.963, en la ciudad de Caracas)
La resolución suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López no es
una ley como exige la Constitución, y no distingue entre manifestaciones
pacíficas y violentas, más allá de definir escuetamente la violencia mortal como
la “creación de una situación de riesgo mortal”. Las garantías no parecen suficientes,
pues apenas se indica que “cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable”,
los militares deben tomar precauciones para reducir los daños.
Además, se desconocen los estándares internacionales, entre ellos el establecido
en el Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, elaborado por la
Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos, en 2009: “…dado que las
fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para el control de la
seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil, eficiente y respetuosa
de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el
ámbito interno”.
en el Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, elaborado por la
Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos, en 2009: “…dado que las
fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para el control de la
seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil, eficiente y respetuosa
de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el
ámbito interno”.
Sobre la capacitación de los funcionarios militares para procurar que no cometan
excesos, la disposición transitoria segunda indica que dentro de los tres meses
siguientes se “girarán instrucciones para la elaboración del ‘Manual de Normas y
Procedimientos Operativos del Servicio de Seguridad en Materia de Orden Público
de Uso Común para las y los Integrantes de la Fuerza Armada nacional Bolivariana”.
Sin embargo, la autorización de los militares para intervenir en protestas y usar
armas de fuego mortales tiene vigencia inmediata.
excesos, la disposición transitoria segunda indica que dentro de los tres meses
siguientes se “girarán instrucciones para la elaboración del ‘Manual de Normas y
Procedimientos Operativos del Servicio de Seguridad en Materia de Orden Público
de Uso Común para las y los Integrantes de la Fuerza Armada nacional Bolivariana”.
Sin embargo, la autorización de los militares para intervenir en protestas y usar
armas de fuego mortales tiene vigencia inmediata.
(VIDEO) Maduro: Exigimos que Obama
rectifique y
derogue el decreto inmoral contra Venezuela
13 de marzo de 2015.- El presidente de la República, Nicolás Maduro, expresó que están “exigiendo en todas las instancias diplomáticas del mundo que el presidente Obama rectifique y derogue el decreto inmoral que declara a Venezuela como una amenaza para EEUU”.
El Jefe de Estado, durante la inauguración de la Filven en Caracas, envió un mensaje al presidente de los Estados Unidos: “Obama, dé una demostración de altura rectifique a tiempo porque lo llevaron a cometer un error a pesar de que lo dijimos y lo alertamos durante mucho tiempo”.
Maduro inauguró la Feria Internacional del Libro Venezuela (FILVEN) 2015 que se extenderá hasta el próximo 22 de marzo y traerá un compendio de 650 actividades.
El Jefe de Estado, durante la inauguración de la Filven en Caracas, envió un mensaje al presidente de los Estados Unidos: “Obama, dé una demostración de altura rectifique a tiempo porque lo llevaron a cometer un error a pesar de que lo dijimos y lo alertamos durante mucho tiempo”.
Maduro inauguró la Feria Internacional del Libro Venezuela (FILVEN) 2015 que se extenderá hasta el próximo 22 de marzo y traerá un compendio de 650 actividades.
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